Algunas fuerzas políticas minoritarias
recorrieron el país para juntar un millón de firmas en contra de la
re-reelección de Cristina Fernández de Kirchner. Desde los medios opositores, a
cada instante, intentan focalizar el debate, repitiendo qué el Kirchnerismo se
juega la posibilidad de la re-reelección en las próximas elecciones
legislativas. La estrategia opositora, es desviar la atención ciudadana, para
evitar esos debates políticos que requiere una reforma constitucional.
La conducta de los opositores, por
momentos, se asemeja a los caprichos infantiles que se niegan a hacer algo, sin
esgrimir argumentos. ¿La totalidad del amplio arco opositor está conforme con
la constitución que tenemos en la actualidad? ¿Ninguno de esos opositores
tienen ideas como para mejorar la Carta
Magna ?
Los opositores, pretenden llevar la
discusión a cuestiones cuantitativas, no sobre cuestiones cualitativas que
justifican la necesidad de una reforma constitucional.
Las cuestiones cuantitativas ya están
resueltas. Cualquier debate propuesto por los opositores es de nulo valor para
el debate político.
La imposibilidad matemática del
kirchnerismo, para llegar a los 48 senadores propios, produce que la reforma
constitucional no dependa del destino de las elecciones legislativas, al menos
en lo que se refiere a la Cámara
alta.
El Chaco, es una de las ocho provincias en
las cuales se renovarán bancas en el Senado. Electoralmente, habrá 24 bancas a
repartirse entre los distintos partidos políticos.
El Kirchnerismo, ganando en todas las
provincias y en CABA, podrá conseguir como máximo: 16 senadores.
Esto no significa un incremento de 16
senadores, porque la gran mayoría de los que renuevan bancas son del Frente
Para la Victoria,
o aliados, o arrimados.
Estos datos duros implican que al
Kirchnerismo, no le alcanzará para conseguir el voto de las dos terceras partes
(48 Senadores) de los miembros del Senado, mínimo exigido por el Art. 30 de la Constitución
Nacional para declarar la necesidad de reforma constitucional.
Entonces, para una reforma
constitucional se necesitará consensos con otras fuerzas políticas (El Pacto de
Calafate); o tomar la vía de la consulta popular que merecerá todas las discusiones
jurídicas, y como se sabe en el plano jurídico siempre hay dos bibliotecas en
pugna.
Este procedimiento de la consulta
popular, entiendo que rápidamente se frena, para el caso de un proyecto de ley
cuyo objeto sea la declaración de la necesidad de reforma constitucional,
porque la ley reglamentaria (Ley 25.432,
Art.1) contiene una excepción cuando dice que el Congreso no podrá someter a
consulta popular vinculante aquellos proyectos cuyo procedimientos estén
“especialmente reglados por la
Constitución mediante la determinación de la cámara de origen
o por la exigencia de una mayoría calificada para su aprobación”.
Para la sanción de una ley que declare
la necesidad de reforma se requiere una mayoría calificada. Es decir, la Ley reglamentaria de la
consulta popular, estaría impidiendo ese mecanismo.
En resumidas cuentas, de antemano se
sabe que en el Senado es imposible para el Kirchnerismo llegar a los 48
senadores propios; y la consulta popular que alguna vez utilizó el kirchnerismo
en la provincia de Santa Cruz, no parece un camino posible por esa excepción prevista
en la ley reglamentaria.
No obstante, habría la posibilidad de
modificar del Articulo 1 de la Ley
25.432. Esta modificación sería un trámite porque tan solo requiere la mayoría
absoluta de los miembros del congreso; que hoy mismo se podría lograr, sin necesidad de esperar las
legislativas.
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